{"id":645,"date":"2017-12-22T09:25:12","date_gmt":"2017-12-22T09:25:12","guid":{"rendered":"http:\/\/www.taoroconsultores.com\/?p=645"},"modified":"2021-04-16T06:39:39","modified_gmt":"2021-04-16T06:39:39","slug":"hipotecas-aunque-hubiese-aceptado","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/taoroconsultores.com\/?p=645","title":{"rendered":"HIPOTECAS: AUNQUE HUBIESE ACEPTADO"},"content":{"rendered":"<p>Al modificar las condiciones de su hipoteca, el banco aprovech\u00f3 para hacerle firmar un documento conforme conoc\u00eda y aceptaba la cl\u00e1usula suelo. \u00bfPodr\u00e1 reclamar la nulidad de dicha cl\u00e1usula tambi\u00e9n en este caso?<\/p>\n<p><strong>Hubo una novaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p><strong>Reconocimiento.<\/strong> Hace unos a\u00f1os, usted renegoci\u00f3 las condiciones de su hipoteca y consigui\u00f3 que el banco redujese el tipo de inter\u00e9s aplicable (en concreto, le redujo en algunas d\u00e9cimas el diferencial sobre el Euribor inicialmente pactado). \u00a0Pero en el documento de novaci\u00f3n el banco aprovech\u00f3 para hacerle firmar conforme <em>usted aceptaba y reconoc\u00eda expresamente la existencia de la cl\u00e1usula suelo, y se absten\u00eda de ejercitar cualquier acci\u00f3n legal contra la entidad.<\/em><\/p>\n<p><strong>Devoluci\u00f3n.<\/strong> Ahora usted quiere reclamar la devoluci\u00f3n de los intereses pagados de m\u00e1s como consecuencia de dicha cl\u00e1usula suelo, pero su gestor bancario le ha insinuado que, al haber firmado ese documento, no puede hacerlo (y que, de hacerlo, no le devolver\u00e1n nada). \u00a0\u00bfTiene raz\u00f3n el banco? \u00bfO se trata de una excusa adicional para evitar la devoluci\u00f3n?<\/p>\n<p><strong>Sentencia<\/strong><\/p>\n<p><strong>Reclame.<\/strong> Pues bien, si la cl\u00e1usula suelo de la hipoteca es nula, <em>tambi\u00e9n lo es la novaci\u00f3n firmada con posterioridad,<\/em> por mucho que usted haya reconocido su existencia y sus consecuencias, y por mucho que haya renunciado a ejercer acciones judiciales contra el banco:<\/p>\n<p>As\u00ed lo ha declarado una reciente sentencia del Tribunal Supremo.El Tribunal argumenta que no es posible convalidar el consentimiento prestado por el consumidor en el momento de firmar la hipoteca, ya que el banco incumpli\u00f3 sus obligaciones de informaci\u00f3n previas. En consecuencia, <em>dicho consentimiento fue err\u00f3neo.<\/em><\/p>\n<p><strong>Informaci\u00f3n.<\/strong> Recuerde que el banco debe informar de las consecuencias de la cl\u00e1usula suelo en \u201cfase precontractual\u201d (es decir, antes de firmar la hipoteca). \u00a0Si lo hace despu\u00e9s, no se subsana el incumplimiento: Debe informar sobre la propia existencia de la cl\u00e1usula suelo y sobre su funcionamiento (indicando que los intereses pueden subir o bajar seg\u00fan la fluctuaci\u00f3n del \u00edndice pactado y que, en caso de que disminuyan por debajo de un determinado porcentaje, el consumidor pagar\u00e1 como m\u00ednimo dicho porcentaje).<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, debe ofrecer simulaciones de escenarios diversos, que reflejen el comportamiento de la cl\u00e1usula suelo en cada caso,as\u00ed como comparaciones con otras modalidades de pr\u00e9stamo que no incluyan cl\u00e1usulas suelo.<\/p>\n<p><strong>Cuesti\u00f3n de prueba<\/strong><\/p>\n<p><strong>Casos concretos.<\/strong> Como regla general, los juzgados dan la raz\u00f3n a los consumidores y anulan la cl\u00e1usula suelo, aunque <em>tambi\u00e9n existen sentencias a favor del banco.<\/em><strong>.<\/strong> \u00a0Valore si en su caso concreto \u00e9ste puede acreditar que cumpli\u00f3 con sus obligaciones de informaci\u00f3n:<\/p>\n<ul>\n<li>No es suficiente la declaraci\u00f3n del empleado del banco afirmando que cumpli\u00f3 con sus obligaciones de informaci\u00f3n. Tampoco lo es la explicaci\u00f3n dada en el contrato o en la escritura de pr\u00e9stamo hipotecario sobre la cl\u00e1usula suelo.<\/li>\n<li>En cambio, s\u00ed se considera suficiente la informaci\u00f3n ofrecida por el banco cuando existen correos electr\u00f3nicos donde se informa\u00a0expresamente al consumidor de la existencia y del contenido de la cl\u00e1usula suelo, y en los que se realizan simulaciones sobre los efectos de las oscilaciones de los tipos de inter\u00e9s.<\/li>\n<li><em>La firma de dicho reconocimiento no convalida la cl\u00e1usula suelo, que es nula si no se inform\u00f3 convenientemente. Por tanto, usted podr\u00e1 seguir reclamando la devoluci\u00f3n de los intereses pagados de m\u00e1s.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Al modificar las condiciones de su hipoteca, el banco aprovech\u00f3 para hacerle firmar un documento conforme conoc\u00eda y aceptaba la cl\u00e1usula suelo. \u00bfPodr\u00e1 reclamar la nulidad de dicha cl\u00e1usula tambi\u00e9n en este caso? Hubo una novaci\u00f3n Reconocimiento. 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