Según el Plan de Control Tributario, una de las prioridades de Hacienda es la comprobación de los pagos en efectivo. Si tanto usted o su empresa realizan ventas a particulares de forma habitual, puede ser objeto de una de estas comprobaciones.
Plan de Control Tributario
Pagos en efectivo. El Plan de Control Tributario establece que Hacienda priorizará las comprobaciones en aquellos sectores con alto riesgo de existencia de economía sumergida, y que pondrá especial hincapié en verificar si se han realizado pagos en efectivo por encima de los límites legales.
Esto afecta principalmente a pequeños negocios cuyos clientes son en su mayoría particulares y que, por tanto, son más propensos a recibir pagos en efectivo (obras y reformas en domicilios particulares, actividades inmobiliarias, hostelería, comercios…).
Límites. Los límites son los siguientes:
• 1.000 euros en operaciones en las que una de las partes sea empresario o profesional.
• 10.000 euros si el vendedor es un empresario y el pagador un particular no residente en España.
Comprobaciones
Requerimiento. Si su empresa es objeto de una de estas comprobaciones, Hacienda le remitirá un requerimiento en el que le solicitará la siguiente información:
• Libros registro de facturas emitidas y copia de las facturas y presupuestos emitidos por importe superior a 1.000 euros.
• Justificantes de cómo ha cobrado todas las facturas de importe superior a 1.000 euros.
• Identificación del TPV de su negocio y de la cuenta corriente donde recibe los cobros.
¿Qué busca Hacienda? Con esta información, y entre otras cosas, Hacienda verificará:
• Que todas las operaciones de más de 1.000 euros han sido cobradas a través del banco (por transferencia, ingreso en cuenta, TPV…).
• Que los presupuestos emitidos por más de 1.000 euros coinciden con las facturas emitidas. Y, si alguno de ellos ha sido “fraccionado” en varias facturas de menor cuantía, que todos los cobros se pueden justificar.
• Si usted no puede justificar algún cobro, Hacienda considerará que lo ha cobrado en efectivo, pudiéndole sancionar con hasta un 25% de su cuantía.
Recomendaciones
Reclame los impagos. Dado que a Hacienda le es muy difícil verificar los cobros en efectivo (salvo que medie una denuncia de un cliente o un trabajador, por ejemplo), lo que hace es comprobar que los cobros se producen a través de medios de pago aceptados. Y si no es así es cuando sanciona. ¡Atención! Por tanto, en caso de impago de una factura por una operación superior a 1.000 euros, reclámela al cliente lo antes posible y deje constancia de ello (vía judicial, requerimiento notarial, etc.). Así Hacienda no considerará que la cobró en B (ello, además, también le permitirá recuperar el igic no cobrado).
Presupuesto erróneo. También puede suceder que usted presupueste un trabajo por menos de 1.000 euros, que cobre un anticipo en efectivo y que después el importe total a cobrar supere dicho límite.
Para evitar sanciones en este caso, desde el momento en que conozca la superación del límite realice el resto de cobros por transferencia, tarjeta, cheque nominativo, etc. Y si Hacienda le comprueba, alegue que usted actuó de buena fe y aporte copia del presupuesto inicial. En ese caso, acredite también que dicho presupuesto es real y que fue entregado con una fecha anterior (por ejemplo, aportando la copia del e-mail enviado al cliente).